La UMA es la unidad de medida, según el artículo segundo transitorio del decreto, por lo que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la constitución política de los estados unidos mexicanos.
El cálculo del valor UMA es una tarea que corresponde al INEGI y se fundamenta en el artículo 26, apartado B se establece que la unidad de medida queda como se indica y su uso será a partir del 1.er de febrero del 2023:
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